PD (14-01-14).- La Cámara de Diputados sancionó este martes, por mayoría de votos, la Ley del Notariado Plurinacional 301/2013.
La normativa fue sancionada tras considerar las modificaciones de forma que realizó la Cámara de Senadores a 17 artículos, tres disposiciones transitorias y la inclusión de una disposición referida a la venta de valores notariales.
El presidente de la Comisión de Justicia Plural de la Cámara de Diputados, Juan Carlos Cejas, explicó ante el pleno que las modificaciones sugeridas por la Cámara de Senadores a esta normativa fueron “estrictamente de forma y no de fondo” por lo que, dado que la normativa ya había sido aprobada por la Cámara de Diputados a fines de 2013, los diputados no entraron en mayor debate.
Esta ley tiene por objeto establecer la organización del Notariado Plurinacional y regular el ejercicio de la función notarial, de acuerdo a los principios y valores establecidos en la Constitución Política del Estado vigente desde 2009.
Según la nueva normativa ésta producirá un alivio procesal en los juzgados del país, toda vez que según informes oficiales en la actualidad los jueces instructores ocupan el 75% de su tiempo en procedimientos voluntarios.
Uno de los procesos que podrá ser agilizado y simplificado en tiempo, será el trámite de declaración de herederos que actualmente toma cerca de 4 meses y tiene un costo económico elevado.
Con la nueva ley, este trámite pasará a manos de los notarios, reduciendo su duración a unos cuantos días y sus costos a la mitad.
Otro de los procesos que pasará a tuición de los notariados es el divorcio voluntario que, mediante la aplicación de esta norma podrá ser atendido en circunstancias específicas por los notarios.
Con la implementación de la nueva normativa, el notario de fe pública recibirá la declaración voluntaria de divorcio en un documento y dará un plazo de tres meses para ver si no existe reconciliación; de ratificarse la decisión mutua, directamente, por mandato de la ley se dispondrá la cancelación de la partida matrimonial.
Mayor control a las notarías
Asimismo esta ley establece una estructura organizativa de la labor notarial que permitirá ejercer control sobre las funciones de los notarios a través de un Consejo del Notariado, una Dirección Nacional y Direcciones Departamentales.
Del mismo modo, señala que se define criterios específicos para su nombramiento, la carrera notarial, reglamenta las incompatibilidades, establece un sistema de garantía y fianza para el ejercicio de dicha función y señala las causales de cesación.
También establece su propio régimen disciplinario, tipificando las faltas leves, graves y gravísimas y las sanciones administrativas en cada caso, con la finalidad de fortalecer la eficiencia de esta función y labor que realizan las y los Notarios.
Según la normativa, se valorará la meritocracia a partir de la cual los notarios podrán permanecer en sus cargos de forma indefinida siempre y cuando se demuestre capacidad y que no tengan procesos previa evaluación que será cada dos años. .
La norma establece derechos, obligaciones y prohibiciones en el ejercicio notarial, con medidas de control que contemplan faltas, leves, graves y gravísimas que alcanzan la destitución de los funcionarios que incumplan la normativa. Con esto se prevé además evitar el monopolio de las notarías.
Fuente: Prensa Diputados
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