Este jueves 18, los presidentes de las comisiones de Constitución y Justicia Plural, Héctor Arce y Juan Carlos Cejas, respectivamente, en coordinación con el decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA), Julio Mallea, propiciaron la explicación del documento en el Auditorio Intercultural de esa casa de estudios superiores.
El proyecto, en su estructura y contenido, tiene por objetivo una innovación en el tratamiento de los procesos civiles, comerciales, familiares y otros conexos, incorporando el sistema oral como base para el desarrollo del proceso sin descuidar la escritura en actos y etapas en razón de constituir una garantía de certeza del derecho.
De acuerdo con el documento, otros principios que rigen el proceso serán la inmediación, concentración, celeridad, interculturalidad, transparencia y verdad material. Asimismo, destacan los principios de impulso procesal, buena fe, lealtad procesal, debido proceso, con la finalidad de evitar la paralización del proceso; impedir conductas dilatorias, colusivas (asociación de dos partes para perjudicar a un tercero) o fraudulentas en aquellos que intervienen en el proceso, moralizando el mismo con el propósito de que los derechos que se dilucidan se acomoden a lo establecido en el orden jurídico vigente.
Se cambia el Artículo 90 del actual Código de Procedimiento Civil que equivocadamente sostiene que “todas las normas procesales son de orden público y de cumplimiento obligatorio”, cuando en su naturaleza las normas procesales son de Derecho Público, al regular la actividad de los sujetos del proceso, vigilando por la efectividad de los derechos.
Entre las principales incorporaciones en el proyecto del Nuevo Código Procesal Civil se pueden mencionar:
- Contratos. Con esta previsión los contratos por e-mail u otro medio electrónico tendrán validez legal.
- Partes y sujetos procesales. En los juicios civiles se reconocerá a los terceros como parte del proceso.
- Actividad procesal. Los oficiales de diligencias corruptos ya no cobrarán dineros de forma abusiva y discrecional por realizar las notificaciones pese a que está prohibido. Con el NCPC las notificaciones serán en secretaría, ya no será necesario dejar la notificación en el domicilio de las partes.
- Plazos Procesales. En congruencia con la Ley del Órgano Judicial los plazos procesales se cuentan de lunes a viernes, así se evitarán notificaciones tendenciosas, porque los fines de semana los abogados no trabajan en su mayoría.
- Nulidades Procesales. Los jueces no podrán anular sentencias o procesos civiles sólo por la forma dejando de lado el fondo mismo de proceso.
- La prueba. El juez buscará la verdad material y la verdad de los hechos, que son los pilares de la administración de justicia.
- Medios extraordinarios. Se introduce la extinción por inactividad, es decir, aquellos juicios que sean dejados por un tiempo determinado sea por muerte, declaración de ausencia, o fallecimiento de algunos de los litigantes el juicio civil se extinguirá para evitar que los procesos duren años, incluso hasta décadas.
- Recursos. Los plazos del proceso civil se reducen y sólo irán en casación al Tribunal Supremo de Justicia en Sucre los juicios que así lo ameriten, según su pertinencia.
El trabajo de socialización, libre y extensivo, se realiza de manera conjunta entre la Asamblea Legislativa, el Órgano Judicial, el Ministerio de Justicia, los colegios de abogados, las facultades y carreras de Derecho, así como las organizaciones sociales de Bolivia.
Según los legisladores, el actual Código Procesal Civil data del 2 de abril de 1976, es decir, tiene 37 años de vigencia por lo que amerita su modernización porque la vida de todos los habitantes del país está vinculada a las normas del Derecho Civil.
El proyecto cuenta con más de 500 artículos y fue elaborado por abogados bolivianos especialistas en materia civil, quienes ponen a consideración del público este trabajo, antes de ser aprobado por la Asamblea Legislativa Plurinacional.
Fuente: Prensa Diputados
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