PD (1-10-12).- El pleno de la Cámara de Diputados aprobó la noche de este lunes, en su estación en grande, el Proyecto de Ley Nº 625/2012-2013 de Extinción de Dominio de Bienes a Favor del Estado, que regula la procedencia ilícita de bienes por actividades del narcotráfico, el contrabando, corrupción pública y legitimación de ganancias ilícitas.
“Se ha previsto que un procedimiento administrativo pueda extinguir los bienes obtenidos de manera ilícita, y esta acción tendrá como condición que una persona se encuentre encausada judicialmente en el ámbito penal, pero tiene carácter autónomo e independiente de la acción penal, porque no está condicionada para sus efectos” argumentó ante el pleno el ministro de Gobierno, Carlos Romero.
La autoridad gubernamental señaló que esta legislación tiene que ver con el hecho de perseguir “delincuentes de cuello blanco”, aquellos que utilizan los bienes adquiridos ilícitamente, para perpetrar la reproducción del delito o para manipular a discreción el accionar de jueces y fiscales por la vía de la prebenda, debido a que tienen la posibilidad material de realizar esas acciones y distorsionar las investigaciones y eludir la acción de la justicia.
Recordó que la acción de dominio de bienes se originó en la legislación norteamericana, inicialmente aplicada al ámbito de los derechos emergentes del tráfico de drogas, y que se dirigía para afectar el poderío económico de los narcotraficantes, que los pone en situación de ventaja frente a la acción de aparato judicial.
Asimismo, dijo que es la Procuraduría General del Estado la encargada de ejecutar esta Ley, porque su naturaleza está referida al desempeño institucional dirigido a defender el patrimonio público.
Por su parte la presidenta de la Cámara Baja, Rebeca Delgado, destacó la labor realizada por la Comisión de Constitución y Defensa Legal del Estado, pero a su vez reconoció que existe la necesidad de realizar algunas modificaciones a esta norma.
“Hemos coincidido en que tenemos que mejorar la norma, como los fines sociales de la Ley, y algunos otros, pero todos esta noche han dicho que están de acuerdo de que exista una ley que determina la extinción de dominio de algunos bienes que se hayan obtenido de manera ilícita” aseveró.
Esta norma se aplicará sobre los bienes cuyo valor sea igual o superior a 70.000 bolivianos, y sobre los bienes adquiridos por sucesión por causa de muerte, con un valor similar.
El documento establece que en caso de flagrancia, la Procuraduría procederá al decomiso e incautación de todos los bienes que sean producto de alguna actividad ilícita, otorgando a los afectados un plazo de cinco días hábiles para que presenten sus descargos.
Cuando se trate de un proceso judicial, esta norma establece que el poseedor de los bienes tendrá un plazo de 10 días hábiles para demostrar la licitud de la procedencia de los mismos.
Los bienes que hayan pasado a favor del Estado, serán monetizados inmediatamente después de la declaratoria de extinción de dominio con resolución final, a través de una subasta pública, con un precio base del 75% del valor del bien en el mercado.
Los recursos obtenidos ingresarán al Tesoro General del Estado y serán destinados a políticas sociales de prioridad nacional.
Fuente: Prensa Diputados
No hay comentarios:
Publicar un comentario