PD (14-11-12).- El pleno de la Cámara de Diputados aprobó este miércoles, en sus estaciones en grande y en detalle el proyecto de Ley Nº 584/2012-2013, cuyo objeto es la despenalización del derecho a la huelga y la protección del fuero sindical en materia penal.
“Estamos cumpliendo el acuerdo con la Central Obrera Departamental de garantizar el ejercicio de los derechos fundamentales que son el lock-out y el derecho a la huelga, lo que estamos haciendo es despenalizar esos delitos”, indicó la presidenta de la Cámara de Diputados, Rebeca Delgado Burgoa, quien informó que se está adecuando la normativa a la Constitución Política del Estado.
Por su parte, el Ministro de Trabajo, Daniel Santalla sostuvo que el proyecto es resultado de una solicitud de la Central Obrera Boliviana y argumentó que el Código Penal se instauró en gobiernos neoliberales y que no se puede seguir manteniendo estos artículos en “plena democracia”.
“La Central Obrera Boliviana a través de su pliego petitorio plantea la abrogación y derogación de estos artículos, esta es una vieja demanda de los trabajadores bolivianos de los obreros del país, comprendiendo la situación que durante tantos años se había penalizado, criminalizado y perseguido a los dirigentes sindicales y tomando en cuenta que son los obreros de este país, los que recuperan el proceso democrático”, señaló Santalla, durante el tratamiento del proyecto de Ley.
La norma modifica el artículo 232 del Código Penal, de la siguiente forma: “El que impida o entorpezca el desarrollo normal del trabajo o de la producción, invadiere u ocupare establecimientos industriales, agrícolas o mineros, o causare daño en las máquinas, provisiones, aparatos o instrumentos en ellos existentes, será sancionada con privación de libertad de uno a ocho años”.
Asimismo, establece que están exentos de responsabilidad penal las y los dirigentes sindicales o la trabajadora o trabajador que dentro de un conflicto laboral y en el ejercicio del derecho a la huelga, ingrese pacíficamente a establecimientos industriales, agrícolas o mineros, en defensa de los intereses laborales o conquistas sociales.
El proyecto deroga, también, el artículo 234 del Código Penal elevado a rango de Ley mediante Ley Nº 1768, de 10 de marzo de 1997, que establecía que aquel que promoviere el lock-out, huelga o paro declarados ilegales por las autoridades del trabajo, será sancionado con privación de libertad de uno a tres años y multa de cien a trescientos días.
Los procesos penales pendientes seguidos por la comisión de delitos previstos en los artículos 232 (Sabotaje) y 234 (lock-out, huelgas y paros ilegales) del Código Penal, se sujetarán a la aplicación de la norma penal más favorable de acuerdo a lo previsto en el segundo párrafo del artículo 4 del Código Penal, según la normativa.
El proyecto de Ley fue remitido a la Cámara de Senadores para fines constitucionales de revisión.
Fuente: Prensa Diputados
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