PD (12-06-13).- Ayer, el pleno de la Cámara de Diputados de la Asamblea Plurinacional de Bolivia aprobó por unanimidad, en sus estaciones en grande y detalle, el proyecto de ley que declara “el 23 de septiembre de cada año, como Día Nacional contra la Trata y Tráfico de Personas” y remitió el documento al Senado para su revisión.
La propuesta, presentada por la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara Baja, da cumplimiento a lo dispuesto por la Constitución Política del Estado y a los compromisos asumidos y suscritos por el Estado Plurinacional de Bolivia en tratados y convenios internacionales.
El documento ratificado por el plenario define que el Órgano Ejecutivo y las entidades Territoriales Autónomas en el marco de sus competencias, en coordinación con las instituciones públicas y privadas, implementaran programas de sensibilización, concientización y promoción destinadas a la prevención, protección y erradicación de la trata y tráfico de personas y delitos conexos.
En el texto Constitucional se determina que el Estado adoptará las medidas necesarias para prevenir, eliminar y sancionar la violencia de género y generacional, así como toda acción u omisión que tenga por objeto degradar la condición humana, causar muerte, dolor y sufrimiento físico, sexual o psicológico.
Por otro lado, establece que ninguna persona podrá ser sometida a desaparición forzada por causa o circunstancia alguna, prohibiendo la trata y tráfico de personas, regulado también por la Ley Integral contra la Trata y Tráfico de Personas de 31 de julio de 2012.
Antecedentes
El 23 de setiembre de 1913 en la República Argentina fue promulgada la primera norma legal en el mundo contra la prostitución infantil. El autor y propulsor de dicha norma pionera, Alfredo Palacios, primer diputado socialista de América Latina, buscó acabar con la trata de mujeres en prostíbulos locales.
La “trata de personas” es el comercio de seres humanos captados por violencia, engaño o abuso de un estado de desamparo o miseria, con el propósito de reducir a esas personas a la servidumbre o esclavitud y obtener de ellos ganancias, ya sea explotándolos sexualmente en la prostitución ajena, en formas diversas de trabajo esclavo o para la extracción de órganos destinados a trasplantes.
La trata es uno de los delitos que se ha incrementado en forma alarmante en los últimos años. Por mucho tiempo este fenómeno no ha sido considerado como un problema estructural sino como una serie de episodios aislados.
Día Internacional en contra de la trata de personas
Este día, el 23 de septiembre, tiene como fin concientizar a los gobiernos y a la sociedad civil sobre las causas y consecuencias de este crimen endémico que afecta a todas las regiones del mundo y llevar a cabo acciones que permitan frenarlo.
La fecha fue determinada en la Conferencia Mundial de la Coalición contra el Tráfico, en coordinación con la Conferencia de Mujeres que tuvo lugar en Dhaka – Bangladesh en enero de 1999, que eligió como “Día Internacional contra la Explotación Sexual y el Tráfico de Mujeres y Niñas/Niños” en reconocimiento a la primera norma legal, la Ley Nº 9.143 sancionada el 23 de septiembre de 1913 en Argentina
Esclavitud en el siglo XXI
La trata de personas es una gravísima violación de los derechos humanos. Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT), este crimen afecta cada año a unas 2.500.000 personas, especialmente a mujeres y niñas, en todo el mundo y es un negocio transnacional que genera millones de dólares anuales, situándose en el tercer lugar entre los negocios ilícitos más lucrativos, el tráfico de drogas y de armas.
De ese grupo se estima que el 90% son mujeres, adolescentes y niñas que son explotadas sexualmente. Las víctimas deben enfrentarse a la humillación ante la negación de sus derechos como la libertad y la salud sexual y reproductiva principalmente, a condiciones modernas de esclavitud, violencia, abuso sexual, embarazos no deseados, abortos inseguros y tratos crueles e inhumanos.
Sobre la trata para explotación laboral, las víctimas - varones y mujeres por igual - se ven forzadas a trabajar en condiciones inhumanas en talleres textiles clandestinos, agricultura, pesqueras, ladrilleras, servicio doméstico y otros
Este crimen es un proceso que incluye diversas acciones: el reclutamiento o secuestro, el traslado (ya sea dentro de un mismo país, o entre diferentes países), la recepción y alojamiento de la víctima en el lugar de destino, y su explotación en un contexto de amenazas, engaño, coacción y violencia.
Estas acciones son llevadas por redes o asociaciones criminales en el que los miembros identifican y reclutan a las futuras víctimas; organizan, gestionan y financian su traslado; son dueños, administradores o regentes de los lugares donde las explotan o alquilan a las víctimas a terceros a cambio de una renta.
Fuente: Prensa Diputados
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