PD (26-04-13).- El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó este viernes, en sus estaciones en grande y en detalle, con modificaciones, el proyecto de Ley No 036/2013-2014, que regula los derechos, garantías y deberes de las personas adultas mayores, así como la institucionalidad para su protección.
Al respecto, el diputado del Movimiento Al Socialismo (MAS) e integrante de la Comisión de Educación y Salud de la Cámara Baja, Jorge Choquetarqui manifestó que la presente norma se encuentra dentro de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política del Estado.
“Este proyecto regula los derechos y garantías de las personas adulto mayores, así como las garantías y deberes, la institucionalidad para su protección relacionadas con las personas de más de 60 años, cuyos derechos son inviolables, interdependientes, intransferibles, indivisibles y progresivos”, argumentó el parlamentario.
El proyecto de Ley, cuyo origen es la Cámara de Senadores, siendo el proyectista el senador del Movimiento Al Socialismo Eugenio Rojas, consta de 19 artículos divididos en 5 capítulos, 4 disposiciones transitorias, 4 disposiciones finales y una disposición abrogatoria.
La norma garantiza el derecho de las personas adulto mayores, al acceso a una Renta Universal de Vejez, a un desarrollo integral sin discriminación y sin violencia, al acceso a vivienda de interés social, a la provisión de alimentación suficiente que garantice condiciones de salud, priorizando a aquellos que se encuentren en situación de vulnerabilidad.
Asimismo, según el proyecto, las instituciones públicas y privadas “brindarán” trato preferente a las personas adulto mayores, en lo que respecta a la educación y con la inclusión de planes y programas en el Sistema Educativo Plurinacional.
También se brindará Asistencia Jurídica preferencial por parte del Ministerio de Justicia, garantizando información y orientación legal, representación y patrocinio judicial y la mediación para la resolución de conflictos.
En ese entendido, la disposición legal establece deberes de las familias y de la sociedad para con las personas adultas mayores. Una de ellas es la obligación de denunciar a la autoridad competente en caso de maltrato.
“Toda persona, familia, autoridad, dirigente de comunidades, institución u organización que tengan conocimiento de algún acto de maltrato o violencia, tiene la obligación de denunciarlo ante la autoridad de su jurisdicción, o en su caso ante la más cercana”, señala la normativa en su artículo 12.
Es así que, el entorno familiar deberá promover ambientes afectivos que contribuyan a erradicar la violencia, promover la integración inter-generacional y fortalecer las redes de solidaridad y apoyo social.
En ese marco, las instituciones públicas, privadas y la población en general deberán también promover el reconocimiento, dar gratitud y respeto también a los Beneméritos de la Patria y familiares.
Se creará el Consejo de Coordinación Sectorial que se constituye en la instancia consultiva, de proposición y concertación Esta instancia podrá elaborar e implementar planes, programas y proyectos en beneficio de las personas adultas mayores.
Finalmente, en su capítulo quinto, establece que se modifican los Artículos 270, 271, 273 y 274 del Código Penal, con la inclusión de la persona adulta mayor en caso de agravantes. Se modifican los Artículos 270, 271, 273 y 274 del Código Penal, con la inclusión de la persona adulta mayor en caso de agravantes.
Una vez aprobado, el proyecto de ley fue remitido a la Cámara de Senadores por el presidente en ejercicio de la Cámara Baja, para fines constitucionales de revisión.
Fuente: Prensa Diputados
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