miércoles, 11 de diciembre de 2013

Diputados sancionan ley de protección de denunciantes y testigos

PD (10-12-13).- El pleno de la Cámara de Diputados sancionó hoy el proyecto de “Ley de Protección de Denunciantes y Testigos” que tiene como objetivo precautelar la seguridad física legal de las personas que en algún momento funjan como testigos o denunciantes de un delito.

La norma se aplicará a denunciantes y testigos de delitos del crimen organizado, terrorismo, narcotráfico; delitos contra niños, niñas, adolescentes; delitos de violencia contra la mujer, trata y tráfico de personas y violación de derechos fundamentales.

El presidente de la Comisión de Justicia Plural de la Cámara de Diputados, Juan Carlos Cejas, explicó que el proyecto contempla como medidas de protección de testigos o denunciantes la reserva de su ubicación, su custodia permanente por parte de efectivos policiales, el traslado a albergues temporales, y, en el caso de que este se encuentre privado de libertad, su trasladado a otro recinto penitenciario.

La disposición incluye el uso de sistemas tecnológicos que impidan que se reconozca la identidad del denunciante o testigo, como métodos de distorsión de su aspecto físico y voz y el uso de cámaras de seguridad en su cuidado. Establece además que el beneficiado por esta ley gozará de atención psicológica.

Estas medidas de protección serán otorgadas por el Estado, antes, durante y después de un proceso, siempre y cuando una persona haya realizado o se disponga a realizar una actividad protegida.

Cejas detalló que estas acciones serán de carácter voluntario para los testigos y denunciantes y podrán ser extendidas hasta sus familiares. Asimismo, aclaró que el Sistema estará a cargo del Ministerio de Gobierno, el Ministerio de Transparencia Institucional y Lucha contra la Corrupción, el Ministerio Público y la Policía Boliviana, instituciones que deberán actuar de forma coordinada.

El Proyecto de Ley contiene veintiocho artículos divididos en cuatro capítulos, dos Disposiciones Transitorias, una Disposición Derogatoria, y tres Disposiciones Finales.

Sustentada en leyes y convenios internacionales

En su exposición ante el pleno, la ministra de Transparencia Institucional y Lucha contra la Corrupción, Nardi Suxo, explicó que esta ley se proyectó inicialmente para la denuncia de hechos de corrupción, pero que durante su elaboración se vio por pertinente la ampliación de sus alcances a denunciantes y testigos de otros ámbitos delictivos. Asimismo declaró que la normativa se basa en leyes y convenios internacionales sobre el tema.

La exposición de motivos del proyecto menciona asimismo al Artículo 108 de la Constitución Política del Estado, que establece como deber de las y los bolivianos “denunciar y combatir todos los actos de corrupción”. Asimismo, señala la Convención Interamericana Contra la Corrupción (CICC) y la Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción (CNUCC), que refieren el establecimiento de sistemas de protección eficaz contra eventuales actos de represalia o intimidación a testigos y peritos.

La normativa sancionada hoy se ajusta también a la Ley Anticorrupción y Enriquecimiento Ilícito de Fortunas Marcelo Quiroga Santa Cruz, que en su artículo 17 señala que el Sistema de Protección de Denunciantes y Testigos estará a cargo del Ministerio de Gobierno, la Policía Boliviana y el Ministerio Público. Asimismo, contempla la Ley Orgánica del Ministerio Público que en su artículo 11 señala que esta institución protegerá a las personas que por colaborar con la administración de justicia corran peligro de sufrir algún daño.

Protección derecho laboral

El diputado Cejas destacó que esta norma hace énfasis en la preservación de los derechos laborales de los testigos y denunciantes que trabajen en instituciones públicas o privadas, toda vez que en la actualidad “cuando algún trabajador denuncia algún tipo de irregularidad lo que hace su jefe es cambiarlo, suspenderlo e incluso destituirlo”.

Del mismo modo la ministra Suxo sostuvo que todas las personas que denuncian delitos tienen derecho a recibir protección estatal. “Cuando una persona denuncia a su jefe por hechos de corrupción esa persona merece ser protegida porque no puede ser que por esto sea sustituida de su cargo”, afirmó la autoridad que estuvo presente en la sesión de aprobación de la Ley.

Fuente: Prensa Diputados

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