viernes, 8 de noviembre de 2013

Histórico: Código Procesal Civil abre nueva era en la justicia boliviana

PD (7-11-13).- El nuevo Código Procesal Civil –que fue sancionado por la Cámara de Diputados- abre una nueva era para la justicia boliviana y redefinirá el marco de los juicios civiles acelerando y abreviando los litigios mediante la oralidad y la aplicación de instrumentos y procedimientos modernos.

La legalidad, inmediación, concentración, celeridad, interculturalidad, transparencia y verdad material serán los principios que regirán los procesos, así como la gratuidad, igualdad procesal, eventualidad, contradicción, probidad, dirección, inmediación y saneamiento.

Con el objetivo de hacer el proceso más sencillo, práctico y humano, la el nuevo Código busca una mayor participación de los sujetos involucrados en los procesos judiciales.

Nueva Justicia

Entre sus innovaciones incluye la validez legal de contratos efectuados vía e-mail u otros medios electrónicos; el reconocimiento de terceros como parte del proceso; la omisión de realizar notificaciones en los domicilios de las partes para realizar estas en secretarias y la determinación de los plazos procesales para este tipo de acciones establecidos de lunes a viernes.

Asimismo, establece que los jueces no podrán anular sentencias o procesos civiles por aspectos formales dejando de lado el fondo mismo del proceso y destaca la importancia de las pruebas en los procesos. También introduce la extinción por inactividad, es decir, la extinción de los procesos que sean dejados por periodos de tiempo determinados.

También contempla que estos plazos se reduzcan y sólo sean trasladados al Tribunal Supremo de Justicia en Sucre si lo ameritan, teniendo esta medida como objetivo que los juicios terminen en los Tribunales Departamentales de justicia.

El nuevo código sería el tercer Código Procesal Civil en la historia de Bolivia. El primer Código Procesal Civil data del 2 de abril de 1831 y el segundo del 2 de abril de 1976.

Incluye dos partes: la primera corresponde a la normativa aplicada a todo tipo de procesos y la segunda al desarrollo de diferentes clases o tipos de procesos. Consta de 511 artículos.

Fuente: Prensa Diputados

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