jueves, 18 de abril de 2013

Aprueban contratos de exploración y explotación petrolera a favor de YPFB en Azero y Sanandita

PD (17-04-13).- El pleno de la Cámara de Diputados aprobó este miércoles, en sus estaciones en grande y en detalle, dos proyectos de ley que establecen Contratos de Servicios Petroleros de Exploración y Explotación a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) en las áreas de Azero y Sanandita.

El Ministro de Hidrocarburos y Energía Juan José Sosa informó que el proyecto de Ley No 179/2013-2014 aprueba el Contrato de Servicios Petroleros de Exploración y Explotación a favor de YPFB en el Área Azero, ubicado en el Departamento de Santa Cruz y Chuquisaca con las empresas Total E&P Bolivie (Sucursal Bolivia) y GP Exploración y Produccion SL (Sucursal Bolivia).

En esa misma línea, el pleno de diputados aprobó el proyecto de Ley No 181/2013-2014, que aprueba el Contrato de Servicios Petroleros de Exploración y Explotación a favor de YPFB, en Sanandita, ubicado en el Departamento de Tarija, suscrito en fecha 1 de octubre de 2012, entre Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB y la Empresa Eastern Petroleum & Gas S.A.

Esta última norma, establece que una vez que la Empresa Eastern Petroleum & Gas S.A., Titular del Periodo de Exploración, realice uno o más descubrimientos comerciales, y esta sea aprobada por YPFB conforme a la Ley de Hidrocarburos y normativa vigente, el Titular del Periodo de Exploración cederá todos sus derechos concernientes al Área de Explotación a favor de una Sociedad de Economía Mixta - S.A.M. a ser constituida entre YPFB y la Empresa Eastern Petroleum & Gas S.A., conforme al modelo de Contrato de Cesión establecido en la presente Ley.

Asimismo, mediante el proyecto de Ley No 181/2013-2014 se aprueba el aporte de participación Estatal en la S.A.M. a constituirse entre YPFB y la Empresa Eastern Petroleum & Gas S.A., mismo que alcanza a Bs.4,200,000.00 (cuatro millones doscientos mil 001 100 bolivianos), monto suscrito y pagado en el marco del Artículo 430 del Código de Comercio, siendo que dicho aporte proviene únicamente de los recursos propios de YPFB.

Los proyectos aprobados fueron remitidos a la Cámara de Senadores para fines constitucionales de revisión.

Fuente: Prensa Diputados

No hay comentarios:

Publicar un comentario